Que Dicen Las Leyes Sobre La Residencia Permanente en los Estados Unidos

Mucha gente Mexicana quiere arreglar sus papeles con la agencia de la inmigraci�³n, pero no saben donde empezar. Hay mucha confusi�³n sobre que se puede y lo que no puede ser hecho. Aqu�¯�¿�½ empezamos con cinco preguntas populares con la gente Mexicana sobre las leyes de inmigraci�³n in Los Estados Unidos.

Mis amigos me han dicho que si me caso con una muchacha americana, la agencia de inmigraci�³n me dar�¡ una tarjeta residencia permanente. �¯�¿�½Es verdad eso?

Totalmente falso. Para obtener una tarjeta de residencia permanente (green card), uno tiene que cumplir con muchos pasos puestos en el lugar por la agencia de inmigraciÃ?³n. Se lleva mucho tiempo y el dinero para lograr eso. Primero, la esposa tiene que solicitar una peticiÃ?³n por parte de usted a la agencia de inmigraciÃ?³n. Esta forma es llamada “Petition for Alien Relative” Forma nÃ?ºmero I-130. Los cargos de archivar esta forma son 190 dÃ?³lares. Esta forma es solo el principio y solo una peticiÃ?³n a la agencia que ellos permiten que usted siga con la clasificaciÃ?³n del resto de las formas necesarias. La agencia no reembolsarÃ?¡ los cargos de clasificaciÃ?³n si ellos niegan su peticiÃ?³n. De ser negado, usted no puede seguir con completar el proceso. Para mÃ?¡s informaciÃ?³n o imprimir las formas necesarias usted mismo de su computadora, visite www.cis.gov y la bÃ?ºsqueda aunque la FAQ en el sitio. Hay informaciÃ?³n disponible a su disposiciÃ?³n.

Tengo una aplicaci�³n para la residencia permanente pendiente con la agencia de inmigraci�³n. �¯�¿�½Qu�© tengo que hacer para comenzar a trabajar?

Usted tendr�¡ que llenar una aplicaci�³n para un Documento de Autorizaci�³n de Empleo o EAD, forma I-765. Los cargos de archivar esta forma son 180 d�³lares. Despu�©s de tres meses, la agencia le enviar�¡ una carta para contarle cuando y donde recoger su EAD en la persona. Los EADs expiran cada a�±o y tienen que ser renovados. Hay unos cargos de clasificaci�³n separados para renovar el EAD cada vez usted archiva. Cuando usted tiene su tarjeta de residencia permanente, el EAD no ser�¡ necesario.

Recib�¯�¿�½ mi tarjeta de autorizaci�³n de empleo, pero mi tarjeta de residencia permanente es todav�¯�¿�½a pendiente. �¯�¿�½Puedo usar esta autorizaci�³n de trabajo de viajar a M�©xico?

La autorizaci�³n de trabajo no es v�¡lida para viajes. Si usted vuelve a su pa�¯�¿�½s y quiere entrar en los Estados Unidos otra vez, los oficiales no le dejar�¡n entrar de nuevo en el pa�¯�¿�½s sin la documentaci�³n apropiada. Para poder entrar de nuevo en los Estados Unidos, usted tendr�¡ que hacer publicar un documento de viajes por la agencia de inmigraci�³n. La forma es el n�ºmero I-131 y los cargos de clasificaci�³n son 170 d�³lares.

�¯�¿�½Tengo que ser un ciudadano estadounidense para archivar el income tax y recibir un retorno al final de a�±o?

Usted no tiene que ser un ciudadano estadounidense para hacer su declaraci�³n de impuestos. Todo lo que necesita es un n�ºmero de seguridad social. Usted puede conseguirlo en la oficina de Internal Revenue Service presentando su autorizaci�³n de trabajo e identificaci�³n. Para m�¡s informaci�³n, visite www.irs.gov .


�¯�¿�½Cu�¡ndo me concede la residencia permanente la agencia de inmigraci�³n, puedo traer a otros miembros de familia a los Estados Unidos?

S�¯�¿�½, usted puede. El proceso de petici�³n es el mismo como cuando su aplicaci�³n para la implantaci�³n permanente fue archivada. Usted incurrir�¡ en los mismos gastos y posiblemente m�¡s largo esperan tiempos. La agencia de inmigraci�³n tiene clases diferentes de parientes con el juego de prioridades diferente para cada clase. Ellos son:

Marido o esposa
hijo/a menos de 21 a�±os
hijo/a soltero m�¡s de 21 a�±os
hijo/a casado de cualquier edad
hermanos 21 a�±os o m�¡s
los padres, si usted tiene 21 a�±os o m�¡s

Usted tendr�¡ que archivar la forma I-130 para cada pariente al que usted quiere presentar una solicitud para y tambi�©n pagar a los cargos de clasificaci�³n cada vez.

Usted puede archivar sus propios papeles con la agencia de inmigraci�³n sin emplear a un abogado. Mucha gente lo hace. Usted solo tiene que ser familiar con las leyes y leer las aplicaciones con mucho cuidado. Guarde copias de todo que usted env�¯�¿�½a a la agencia, las copias del cada recibo que usted recibe, as�¯�¿�½ como toda la comunicaci�³n. Es un poco dif�¯�¿�½cil, pero es totalmente posible hacerlo usted mismo.

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